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¿Cuanto Cuesta Apelar Al TAS?

El coste de interponer un recurso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS/CAS) suele rondar entre los 18.000 y 40.000 euros.

Apelar al TAS

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), conocido en inglés como Court of Arbitration for Sport (CAS), es un tribunal que tiene como objetivo resolver las disputas legales creadas en la industria del deporte, bien a través de procedimientos de arbitraje o procedimientos de mediación.

En el presente artículo procedemos a detallar cuáles son los costes en los que puede incurrir un procedimiento ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo y en qué momento deben ser abonados cada uno de ellos.

COSTE DE UNA DEMANDA EN EL TAS

Los costes de una reclamación pueden variar en función de ciertos condicionantes como pueden ser:

  • Número de demandados.
  • Procedimiento telemático/presencial.
  • Cuantía de la reclamación.
  • Naturaleza del procedimiento.
  • Número de árbitros.
  • Número de testigos e intérpretes.

Entre otros datos, estos serían los aspectos más importantes a tener en cuanto a la hora de cuantificar qué cantidad hay que emplear para interponer un recurso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS/CAS).

Como todo procedimiento, además de los costes en los que se pueda incurrir por los gastos derivados de la reclamación, a ello hay que sumar los correspondientes honorarios que pertenecen al abogado y/o asesor jurídico del caso en cuestión.

En este sentido, dependiendo del resultado del recurso podrás recibir o tendrás que pagar los costes legales del procedimiento que tienen como objetivo cubrir una parte de los honorarios de los abogados.

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COSTES DE SECRETARÍA DEL TRIBUNAL

El primer coste del procedimiento que deberás abonar es el relativo a los Costes de Secretaría del TAS que ascienden a unos 1.000 francos suizos aproximadamente.

Este aspecto viene regulado en el Código de Arbitraje del TAS, concretamente en el Apartado F. Costes del Procedimiento Artículo 64.1 que viene a decir literalmente lo siguiente:

«R64.1 Al presentar la solicitud de arbitraje/declaración de apelación, la parte demandante/apelante deberá pagar una tasa a la Secretaría del Tribunal de 1.000 francos suizos, sin lo cual el TAS no iniciará procedimiento alguno. La Formación tendrá en cuenta dicha tasa a la hora de evaluar el importe final de los costes

De esta forma, junto a la presentación de la Declaración de Apelación deberéis de enviar un justificante de haber abonado la tasa a la Secretaría del Tribunal. En caso contrario, el TAS no va a dar impulso al procedimiento.

En este sentido, alguna de las dudas que he tenido que resolver a los clientes son las siguientes:

  • Los costes van de tu parte. Si al realizar la transferencia, bien por tu banco, Wester Unión o la plataforma de pago que sea, en este caso deberás de hacerte cargo de los costes de la transferencia. Al final del día, lo único importante es que al TAS le lleguen los 1.000 francos suizos.
  • No es necesario que lleguen durante la presentación. En mi experiencia no ha sido necesario que el dinero llegue dentro del plazo. Es decir, simplemente aportas el justificante de abono del pago y con este paso se cumpliría el requisito.
  • ¿Esta cantidad te la devuelven?. Aunque es cierto que el precepto indica que «se tendrá en cuenta (….) a la hora de evaluar el importe final», mi recomendación es que entiendas que es a fondo perdido. Este importe nunca lo vuelves a recuperar.

Por lo tanto, como conclusión a este primer coste que debes asumir es la cantidad de 1.000 francos suizos. No euros, no dólares…. francos suizos que es la moneda oficial de Suiza.

TAMBIÉN PUEDES VER: Tribunal de Arbitraje Deportivo [GUÍA DETALLADA]

PROVISIÓN DE FONDOS

Una vez que se ha constituido la Formación, la Secretaría del TAS va a establecer cuál es el importe, el método y los plazos de pago de la provisión de fondos.

En este sentido, para determinar el importe de la provisión de fondos, la Secretaría del TAS lo que hace es una estimación de cuáles van a ser los costes del procedimiento.

Para ello, va a incluir una serie de costes asociados al procedimiento como son los siguientes:

  • Tasa de Secretaría del TAS (ya explicada)
  • Los costes administrativos del TAS según el baremo del TAS
  • Los costes y honorarios de los árbitros.
  • Los honorarios del secretario ad hoc.
  • Una contribución a los gastos del TAS, y;
  • Los costes de testigos, expertos/as e intérpretes.

En mi experiencia, para procedimientos contractuales y/o disciplinarios (lo mismo para los dos), con un sólo demandado, de forma telemática y con un sólo árbitro el coste ha sido entre 18.000 CHF y 24.000 CHF.

Aunque no quiere decir que esos sean los límites fijos, quizás puede ser una correcta forma de hacer una estimación del coste del procedimiento. Dicha provisión puede variar en función de los factores ya mencionados (cantidad a reclamar, testigos, intérpretes, etcétera).

COSTES ADMINISTRATIVOS DEL TAS

Los costes administrativos del TAS son aquellos que están asociados con la gestión y el mantenimiento del Tribunal en sus labores diarias. En román paladino, son los gastos en los que incurre la organización por la administración de los recursos humanos, contabilidad, operaciones administrativos, tecnología aplicada a los procedimientos, entre otros.

Para fijar estos costes, el TAS lo que hace es que aplica el Artículo R64 del Código de Arbitraje en función con la cuantía del litigio que haya sido declarada en la memoria de apelación, o en su caso, en la reconvención, si ésta fuera superior.

Costes administrativos del TAS

No obstante, hay una serie de casos en los que la cuantía del litigo no está declarada o directamente que no existe cuantía del litigio. Pues, bien, en este sentido no se aplicaría la tabla anteriormente mostrada sino que su fijación quedaría a libre disposición por parte del TAS.

GASTOS Y HONORARIOS DE LOS ÁRBITROS DEL TAS/CAS

En la Declaración de Apelación deberás de indicar el número de árbitros que solicitas para el procedimiento. Sólo tienes dos opciones:

  • Árbitro único
  • Panel de tres árbitros.

Para calcular los gastos y honorarios de los árbitros el Director del TAS fija el importe de los honorarios que deben pagarse a cada uno de los árbitros sobre la base del trabajo realizado por cada árbitro y el tiempo razonablemente dedicado por la Formación para el desarrollo del caso.

Para ello, el pago de estos costes se computan por horas en base al siguiente cuadro:

Coste de arbitros del tas

No obstante, además del pago de los correspondientes honorarios que acabamos de mostrar, cada árbitro puede solicitar el reembolso de sus gastos previa presentación de los correspondientes justificantes.

Entre estos conceptos se encuentran los siguientes:

Costes de Apelar al TAS

Igualmente, aquí es importante recalcar que si un árbitro no presente un resumen de su trabajo y del tiempo dedicado al caso, o los justificantes correspondientes en un plazo de 30 días desde la notificación del laudo final, se considerará que ha renunciado a sus gastos y honorarios y el TAS no podrá pagarle ninguna cantidad.

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Por lo tanto, cuanto cuesta apelar al TAS…

En resumen, una apelación al Tribunal de Arbitraje Deportivo es una opción recomendable si estás convencido de que tu reclamación tiene bastantes posibilidades de ser estimada por el TAS.

Para ello, lo que habitualmente se suele hacer es una estimación de los costes en los que pueden incurrir los clientes acompañado de cuáles son los principales riesgos, tanto económicos como argumentales, que puede tener la interposición del recurso.

Si tuviéramos que decir cantidades, en mi experiencia un procedimiento sencillo con un único apelado podría rondar los 24.000 CHF y con dos apelados los 38.000 CHF. No obstante, simplemente son referencias a modo enunciativas dado que dependerá de los factores que hemos mencionado anteriormente.

En cualquier caso, para cualquier colaboración, ayuda o duda que pudieran tener podrán contactar a través de las siguientes vías:


Realizado por Mario San Román.
Socio Fundador de La Academia MSR
Socio Fundador de MSR Abogados.